Energía

Concejo Deliberante de Luján derogó la norma que habilitaba la construcción de la planta de Araucaria

Con la medida, la compañía energética deberá recurrir a la Justicia para poder seguir adelante con las obras de su central térmica de 127 MW.

El Concejo Deliberante de Luján derogó la ordenanza 6923 que había creado hace tres semanas una zonificación especial que habilitaba a Araucaria Energy a construir una planta de 127 MW en el distrito.
La medida fue presentada por la oposición a Cambiemos y fue aprobada por unanimidad el lunes a la noche. El intendente macrista, Oscar Luciani, ahora deberá decidir si la promulga o la veta.
La ordenanza 6923, que fue votada sólo por el bloque oficialista mayoritario tres semanas atrás, habilitaba a la compañía construir la central térmica, algo que se encontraba prohibido por una norma anterior que no permitía la instalación de empresas de tercera categoría.
Para Araucaria Energy, esta norma no incluye a su tipo de planta dentro de este grupo, afirma una fuente. A su vez, la unidad local de la canadiense Stoneway Capital había recibido en un comienzo el permiso para realizar la obra como empresa eléctrica de parte de la Municipalidad de Luján, detalla.
Luciani también había ordenado la paralización de los trabajos diez días atrás mediante un decreto hasta que dos universidades pudieran analizar los estudios ambientales sobre el nivel de emisiones que podría generar.
El intendente estaba tratando de patear el problema para adelante, en un intento por calmar la tensa situación que se había generado con la oposición y los vecinos, destaca la fuente.
Si promulga la derogación de la ordenanza, la empresa demandará a la Municipalidad porque considera que la norma anterior es un derecho adquirido y los cambios no le permite a la planta operar, creándole un perjuicio económico, resalta.
“Araucaria Energy solicitará al Tribunal de Cuentas Municipal y ante la justicia el reconocimiento de la responsabilidad de los funcionarios municipales y concejales por los perjuicios que la derogación del derecho a ejercer la industria provoque en exceso del uso de sus deberes”, afirma la empresa en un documento enviado a los legisladores el lunes antes de la votación.
Debido a esta situación, la planta no podrá comenzar a operar el 1 de diciembre, feche que estipulaba el contrato firmado en octubre de 2016 con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA).
De acuerdo con el PPA, si la central térmica no comienzan a operar a tiempo, la firma de energía mayorista estatal podría penalizarla por un monto máximo de 77 millones dólares. Si el atraso supera los 180 días, podría cancelar el contrato.
El Ministerio de Energía y Minería de la Nación le pidió a CAMMESA que no penalice a la compañía o termine con el contrato cuando ocurran este tipo de situaciones, detalla la fuente.
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