Energía

Nuevo escándalo en Aña Cuá

Un consorcio presentó un pedido de nulidad de una licitación porque considera que se cometieron irregularidades en el proceso de adjudicación del contrato.

La construcción de la represa Aña Cuá, de 276MW, parece estar signada por el destino de su predecesora Yacyretá, ya que no ha parado de generar polémicas en la mayor parte de los contratos que se adjudicaron para el desarrollo de las distintas etapas de la obra.
Tres de las cinco licitaciones fueron impugnadas por algunos de los perdedores de los concursos de precios, dos de ellas terminaron en la Justicia y la restante amenaza con seguir los mismos pasos en las próximas semanas.
Si bien esta es una metodología a la que muchas veces suelen recurrir los consorcios o empresas que quedan afuera de un negocio de más de 310 millones de dólares, como es el caso de Aña Cuá, para revertir la decisión de la Comisión Evaluadora, hasta ahora, los tribunales han fallado en su contra por lo que las obras han seguido su curso.
Incluso, la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal sostuvo en su fallo por el recurso de amparo presentado por el consorcio entre la mendocina IMPSA y la paraguaya CIE para frenar la adjudicación del contrato para la provisión de las turbinas de represa que “como regla, no corresponde suspender la ejecución de una obra pública, a cuyo efecto corresponde demostrar la real existencia de un peligro irreparable en la demora y la ineludible consideración del interés público comprometido”.
Pese a esto, el consorcio conformado por la paraguaya Kioshi y la china TBEA decidió presentar el 24 de febrero una “denuncia de ilegitimidad” e “impugnar” la licitación internacional 695 realizada por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) para el suministro de los transformadores principales y la estación de maniobras en SF16 de Aña Cuá, porque considera que debió ser adjudicado con el contrato.
En una nota, enviada a los directivos argentinos y paraguayos de la compañía y a la que accedió Desarrollo Energético, la UTE sostiene que el proceso “posee vicios manifiestos muy graves convirtiéndose, por tanto, en administrativamente irregular, carente de legitimidad, nulo e inejecutable” por “carecer de mínima razonabilidad” al desviarse de “los criterios técnicos y económicos” fijados en los pliegos.
El consorcio sostiene que en tres memorandos (el 1405/TO del 15 de noviembre de 2019, el 072384 del 21 de noviembre de 2019 y el 28796 del 24 de enero de 2020) distintas áreas de la EBY indicaron que procedía adjudicarle el contrato ya que su oferta cumplía con todas exigencias establecidas en la licitación.
La UTE Kioshi-TBEA había pasado el mejor precio (15,90 millones de dólares) cuando se abrieron los sobres con la propuesta económica en septiembre de 2019, con el que superó a su competidora la sociedad entre la alemana Siemens y la paraguaya Rieder que había ofertado 17,20 millones. De esta forma, había sido calificada primera en el orden de mérito tanto en esta instancia como en la evaluación técnica.
La adjudicación, que debió haberse realizado en los primeros meses de 2020, fue suspendida debido a la transición presidencial en la Argentina, en diciembre de 2019. Las autoridades de la EBY nombradas por Cambiemos decidieron que fueran los nuevos funcionarios nombrados por Alberto Fernández quienes firmaran el contrato.
El gobierno nacional tardó siete meses en nombrar a los miembros del Directorio que le correspondía al país, por lo que recién en junio asumió Ignacio Barros Arrechea al frente de la entidad binacional.
Hasta ese entonces, el proceso de la licitación 695 se mantuvo totalmente congelado. Desde la UTE Kiosho-TBEA, mantenían las esperanzas que todo seguiría su curso tal como había quedado previo al recambio de autoridades. Sin embargo, esto no ocurrió.
Los nuevos directivos revirtieron el fallo de la comisión evaluadora el 5 de noviembre de 2020 a través del Memorando GAC-GC N° 423/2020 y le adjudicaron la obra al consorcio Siemens-Rieder el 7 de diciembre de 2020.
Según sostuvo el comité ejecutivo EBY en su resolución 19.372, la oferta de Kioshi-TBEA “contenía vicios en su presentación y no acreditó de manera formal las condiciones requeridas en el pliego”.
Tras un nuevo análisis del proceso licitatorio, la entidad binacional sostuvo que esta propuesta tenía “errores en las cifras”, que surgió “a partir de los informes elaborados por el grupo consultor MAE y, luego, por el grupo consultor Intertechne”, lo que “justifica la desestimación de la oferta viciada”.
Según la EBY la UTE había presentado un monto de 15.908.413,38, dólares, pero “a posteriori los informes de las consultoras detectaron errores en la confección de las planillas de oferta por un total de 1.702.668,31 dólares, concluyendo que la oferta correcta debió ser por 14.205.745,07”.
Por otra parte, sostiene que luego de analizar el programa de flujo de inversiones y certificaciones de la oferta se encontró “un nuevo incumplimiento a las condiciones del pliego al proponer un flujo de ingresos provenientes de la EBY a partir del mes 8 de contrato contradiciendo lo establecido” en la licitación mientras que Siemens-Rieder solicitó desembolsos entre los meses 32 y 41, acorde a la solicitado en el concurso de precios.
Desde el consorcio, afirman que las autoridades “retrotrajeron el proceso licitatorio a las etapas de evaluación que estaban concluidas y reinterpretaron los resultados de las funciones aritméticas más básicas para convertir a la oferta más gravosa en la más conveniente sobre la base de una serie de argumentaciones genéricas e infundadas en oposición a dictámenes técnicos debidamente fundados y emitidos por funcionarios y las consultoras de la entidad”.
Sin embargo, el Departamento de Legales de la EBY desestimó este argumento ya que sostiene que “la respuesta que la UTE Kioshi-TBEA brindara a la Entidad, al no aclarar ni precisar cuál de los dos montos debió considerarse como adecuado, mereció ser desestimado por contradictorio”.
Enterada de la denuncia presentada por el consorcio para impugnar la licitación, el secretario de Energía de la Nación, Darío Martínez, les pidió a Barro Arrechea que respondieran a la nota para evitar que el proceso termine en la Justicia, como ya ocurrió con las subastas de lo obras civil y electromecánica.
Desde el Departamento de Legales de la EBY sostienen que la contestación le será enviada a la UTE durante esta semana, ya que están terminando de pulir los últimos detalles del texto.
Resulta poco probable que este proceso termine aquí, ya que la entidad binacional mantendrá su posición respecto al criterio utilizado para la adjudicación del contrato, lo que no le dejará más camino al consorcio que ir a los Tribunales e interponer un recurso de amparo para paralizar el avance de los trabajos.
Desde el Departamento de Legales de la EBY consideran que la eventual judicialización del planteo formulado por el grupo Kiosci-TBEA, “no debería prosperar, a la luz de la doctrina vigente en materia jurisprudencial” establecida por la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativa ante la demanda presentada por el consorcio IMPSA- CIE en la licitación de las obras electromecánicas de Aña Cuá.

Una seguidilla de juicios
La adjudicación de los dos principales contratos para la construcción de la central hidroeléctrica sobre el río Paraná generó conflictos similares entre la EBY y las empresas o consorcios que resultaron perdedoras en las licitaciones.
El primero fue el que encaró la mendocina José Cartellone Construcciones Civiles cuando se presentó ante la Justicia para intentar frenar el proceso de la obra civil en agosto de 2019 ya que consideraba que la entidad binacional favoreció en forma irregular al consorcio Astaldi, Rovella Carranza y Tecnoedil al adjudicarle el contrato 193,24 millones de dólares.
Según la compañía, la irregularidad se produjo porque la italiana Astaldi estaba en concurso preventivo en su país, lo que le imposibilitaría participar del desarrollo del proyecto, según lo que establecen los pliego.
La magistrada María Rita Ailán, de juzgado Contencioso Administrativo Federal 4, de la ciudad de Buenos Aires, rechazó estos argumentos y decidió desestimar, en octubre de 2019, la medida cautelar presentada por Cartellone.
Sin embargo, los mendocinos apelaron la mediad ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal. La demanda fue girada a la Sala V, que tampoco hizo a lugar al pedido y confirmó la resolución el 6 de febrero 2020.
A Cartellone, solo le quedaba un último recurso: recurrir a la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, desistió de hacerlo porque el Supremo Tribunal no suele tomar estos casos, a lo que se le suman los fallos de las instancias anteriores que venía acumulando en el proceso.
El segundo intento fue el que llevó adelante el consorcio IMPSA-CIE el 23 diciembre de 2019 para intentar frenar la adjudicación a la alemana Voith Hydro del contrato de 99,69 millones de dólares para las obras electromecánicas de la represa.
La UTE sostenía que la EBY cometió irregularidades durante el proceso en el que los germanos se quedaron con la provisión y el montaje de las tres turbinas Kaplan, de 92 MW cada una, para la central hidroeléctrica.
Como informó Desarrollo Energético, su argumento se basaba en que la entidad binacional no había utilizado las fórmulas de reajuste para calcular el monto final de su oferta.
De esta forma, sostuvo que hubiera resultado más barata su propuesta que la de la compañía alemana, sumado a que hubiera generado mano de obra local e ingresos al fisco por los impuestos pagados en el país.
A su vez, el consorcio resaltó que los germanos tampoco presentaron un modelo de turbina a escala para hacer las pruebas tal como estaba estipulado en los pliegos de la licitación.
La magistrada Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 8, de la ciudad de Buenos Aires, decidió aceptar la “medida cautelar inaudita” en agosto de 2020, luego de que se reanudara la actividad judicial tras la paralización que sufrió por la cuarentena obligatoria establecida por el gobierno de Alberto Fernández.
De esta forma, paralizó los trabajos para la construcción de las turbinas que se estaban llevando a cabo en Alemania. Sin embargo, la EBY apeló el fallo ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal y, una vez más, la Sala V resolvió el 25 de febrero de 2021 dejar sin efecto la decisión del tribunal de origen y autorizó a continuar con la producción del equipamiento.
Con estos antecedentes, difícilmente Kioshi-TBEA logre avanzar en la Justicia si decide interponer una medida cautelar para frenar el contrato que obtuvo Siemens-Rieder en la licitación internacional 695.

Por Hernán Dobry

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